| AYUDAS PLAN MÁS AUTÓNOMOS |
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Desde el Consorcio UTEDLT Aljarafe de Sevilla, le informamos de la apertura de plazo para presentar las siguientes ayudas del Plan Más Autónomos: 1.-TICKET DEL AUTÓNOMO PARA EL INICIO DE LA ACTIVIDAD Dirigido a aquellas personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo, que decidan iniciar una actividad económica o profesional como rabajador o trabajadora autónomos. Hasta 6.000 euros para inicio de actividad. Podrá alcanzar los 9.000 euros en los siguientes supuestos: -Cuando la actividad económica a iniciar se desarrolle en áreas territoriales preferentes para actuaciones integrales de empleo. -Cuando se contemple la creación de, al menos, un puesto de trabajo por cuenta ajena y con carácter estable y esté prevista su materialización en el primer año de ejercicio. Plazo de presentación de la ayuda: mes de Mayo de 2008.
2.-MEDIDA PARA EL APOYO Y GESTIÓN NECESARIOS EN EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD
trabajador o trabajadora autónomos o aquellas que ya estén dadas de alta como autónomo, que solicite este incentivo durante el primer año de actividad desde la fecha de inicio. Gastos subvencionables: -Contabilidad, gestión de nóminas y seguros sociales, gestión de impuestos o tributos. -Asesoramiento específico en las áreas de marketing, publicidad o comercialización de productos o servicios, y/o herramientas para el desarrollo del comercio electrónico. Cuantías: Hasta 4.000 euros por la contratación de terceras personas para la prestación de servicios de apoyo a la gestión Plazo de presentación de la ayuda: mes de Mayo de 2008. 3-Medidas de financiación flexible para inicio y consolidación de actividad: préstamos sin aval o microcréditos de carácter personal. ¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR? Desempleados que precisan de una financiación para iniciar una actividad económica o profesional como autónomo/a, que no puedan acceder al sistema crediticio ordinario. Trabajadores y trabajadoras autónomos, que habiendo iniciado su actividad económica o profesional, requieren de financiación para ampliar o consolidar su negocio y no puedan acceder al sistema crediticio ordinario. REQUISITOS Tener informe favorable del plan de viabilidad del proyecto realizado por el tutor de del Sistema de Atención al Autonómo (UTEDLT). Imposibilidad de acceder al sistema crediticio ordinario. Acreditar que no se es beneficiario de otro préstamo. Préstamos sin aval o microcréditos: plazo abierto todo el año 4.- Bonificación de intereses de préstamo. A-Bonificación de intereses de préstamo para el inicio de la actividad. Esta ayuda alcanzará como máximo al cómputo de 6 puntos del tipo de interés fijado por la entidad financiera que concede el préstamo al solicitante y hasta una cuantía máxima de 3.005 euros, y se destinará a subvencionar los intereses del primer año de carencia del préstamo. B- Bonificación de intereses de préstamo para consolidación o ampliación de negocio. Esta bonificación será como máximo de 6 puntos del tipo de interés fijado por la entidad financiera que concede el préstamo al solicitante y hasta una cuantía máxima de 3.005 euros, y se destinará a subvencionar los intereses del primer año de carencia del préstamo Plazo de presentación: Bonificación de intereses: mayo de 2008. 5-AYUDAS AL AUTÓNOMO POR CONTRATACIONES INDEFINIDAS. ¿QUIEN LO PUEDE SOLICITAR? Aquellos autónomos que realicen por primera vez contrataciones laborales de carácter indefinido y a jornada completa o transformen por primera vez contratos laborales de duración determinada en indefinida a jornada completa, de forma simultánea. A los efectos de la presente ayuda se entenderá por trabajador o trabajadora autónoma aquella persona física que ejerce una actividad económica de forma individual, por cuenta propia y con hasta cinco trabajadores por cuenta ajena, y tenga residencia y domicilio fiscal en Andalucía. COLECTIVOS PREFERENTES DE CONTRATACIÓN Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS Con carácter general la cuantía de la ayuda ascenderá a 4.750 euros por cada contratación laboral indefinida o transformación de contrato laboral de duración determinada en indefinida, teniendo preferencia las contrataciones indefinidas formalizadas con los siguientes colectivos: Jóvenes menores de 30 años, que hayan participado y superado Programas de Escuelas Taller o Casas de Oficio. Aquellas que hayan completado y superado Cursos de Formación Profesional Ocupacional relacionados con la actividad a desarrollar. Personas con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo: Mujeres. Personas con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%. Personas ex-reclusas. Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo que se encuentren en procesos de rehabilitación o reinserción social. Personas usuarias del Programa de Solidaridad. Parados de larga duración mayores de 45 años. Pertenecientes a minorías étnicas. Víctimas de actos terroristas, y/o sus familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad. Parados de larga duración que lleven más de 24 meses en desempleo. Así como demás personas en riesgo de exclusión. Personas que hayan completado su participación en un Taller de Empleo. Personas que hayan participado en proyectos y servicios de interés general y social. Todas aquellas personas cuya situación legal de desempleo provenga de expedientes de regulación de empleo. Aquellas personas que provengan de itinerarios personalizados de inserción. Aquellas que se hallen en supuestos expresamente contemplados en cualquier otro programa del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo. Dicha cuantía podrá alcanzar los 5.000 euros en los siguientes supuestos: En los contratos que se formalicen con mujeres. En el caso de que se efectúen dos o más contrataciones simultáneas. En el caso de que las contrataciones se formalicen en áreas territoriales preferentes para actuaciones integrales de empleo.(Entendiéndose por éstas aquellas áreas que cumplan con los indicadores demográficos y de mercado de trabajo que se recogen en el Decreto 109/2006, de 6 de junio, por el que se establecen los indicadores para las Áreas Territoriales Preferentes para Actuaciones Integrales de Empleo, y así sean declaradas por el Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo.) REQUISITOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS En el caso de nuevas contrataciones, los trabajadores deben estar inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo. El período mínimo de mantenimiento de los contratos o transformaciones será de cuatro años. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Que las contrataciones laborales indefinidas que se formalicen no se encuadren dentro de las relaciones laborales de carácter especial previstas en el artículo 2.1 del Estatuto de los Trabajadores. El trabajador o trabajadora autónomo que formalice contrataciones con familiares, podrá beneficiarse del incentivo establecido siempre que éstos cumplan los requisitos establecidos en la legislación laboral. La obtención del incentivo a las primeras contrataciones de carácter indefinido, o transformaciones de contratos de duración determinada en indefinido que realice de forma simultánea el trabajador o trabajadora autónomo individual, es incompatible con la obtención de las ayudas establecidas por la Orden de 21 de julio de 2005 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de incentivos a la contratación con carácter indefinido y a la transformación de contratos de duración determinada en indefinidos a favor de empresas y entidades sin ánimo de lucro, al amparo del Decreto 149/2005, de 14 de junio, por el que se regulan los incentivos a la contratación con carácter indefinido, o norma que lo sustituya. Plazo: La solicitud del incentivo deberá realizarse dentro del período de dos meses desde la formalización de las citadas nuevas contrataciones o transformaciones, sin perjuicio de que aquellas solicitudes que sean presentadas en el último trimestre de cada año puedan ser atendidas con cargo al presupuesto del ejercicio siguiente. 6-MEDIDAS DE APOYO A LA MUJER AUTÓNOMA. Objeto: apoyar a aquellas trabajadoras autónomas (hasta 5 trabajador@s) que precisen por motivos de maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo, CONTRATAR A UN PERSONA DESEMPLEADA para disfrutar de permisos por estas causas Cuantía: Cantidad a tanto alzado que sufragará costes salariales y de Seguridad Social hasta un máximo de 3.000€, con una reducción proporcional si la contratación es inferior a 4 meses. Plazo: La solicitud del incentivo deberá realizarse dentro del período de dos meses desde la formalización de la contratación. -SUBVENCIONES A EMPRESAS CALIFICADA COMO I+E. ¿QUIEN LA PUEDE SOLICITAR? Empresas de cualquier forma jurídica y que no hayan iniciado su actividad: Autónomos y comunidades de bienes: no estar de alta en Modelo Censal 036 (Declaración Censal de Inicio de Actividad de la Agencia Estatal Tributaria). Sociedades: No inscritas en Registro Mercantil o de Cooperativas (o no haber transcurrido más de 6 meses desde su inscripción) y no estar de alta en Modelo Censal 036 (Declaración Censal de Inicio de Actividad de la Agencia Estatal Tributaria). CUANTÍA DE LAS AYUDAS A. Ayuda financiera: Reducción de intereses de préstamos. Límite: hasta 5.109,00 € por puesto de trabajo indefinido a crear. Préstamos gestionados ante entidades financieras adheridas al Convenio de Colaboración con la Junta de Andalucía. Debe solicitarse la reducción antes de la firma del préstamo. B. Ayudas de apoyo a la función gerencial: 75% del coste de los servicios de apoyo al promotor o empresario en la gestión de la empresa (tutorías, cursos de formación empresarial, realización de estudios e informes externos, etc.). Límite: Hasta 12.020,24 €. C. Ayudas por asistencia técnica: 50% de los costes laborales por contratación de expertos técnicos de alta cualificación. Límite de 18.030,36 €. Incluye las cotizaciones a la Seguridad Social. La ayuda únicamente cubrirá el primer año de contratación. D. Ayudas por contratación indefinida: Contratos indefinidos a jornada completa de trabajadores por cuenta ajena: 4.808,00 €. Contratación dentro de los dos años siguientes al inicio de la actividad. Contratos indefinidos a tiempo parcial de trabajadores por cuenta ajena: parte proporcional de 4.808,00 € (si se incrementa la jornada a tiempo completo se complementa la ayuda hasta alcanzar los 4.808 euros). Incremento jornada: en los 3 años siguientes a contratación inicial. Incorporación a jornada completa de socios trabajadores en cooperativas y sociedades laborales: 4.808,00 euros (o parte proporcional si es tiempo parcial). En todos los casos, tanto los trabajadores como los socios trabajadores, deben encontrarse en desempleo y mantener la relación laboral durante al menos tres años. Estas ayudas por contratación indefinida son incompatibles para un mismo trabajador con la ayuda por asistencia técnica. NOTA: Incremento del 10% en la cuantía de todas las ayudas anteriormente mencionadas, cuando la actividad pertenezca a los siguientes sectores: Protección y mantenimiento de zonas naturales. Gestión de residuos. Tratamiento de aguas y saneamiento de zonas contaminadas. Implantación de energías alternativas. Protección del turismo rural y cultural. Vigilancia y seguridad. Transportes colectivos locales. Desarrollo cultural local. Nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Cuidado de niños, personas discapacitadas y mayores. Servicios a domicilio. Asistencia a jóvenes en dificultad. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN -Solicitud de calificación como empresa i+e. En cualquier momento del año. -Ayuda financiera (apartado A): en cualquier momento del año y siempre antes de iniciar el proyecto empresarial. -Ayudas de función gerencial y asistencia técnica (apartados B y C): un año desde el inicio de la actividad. -Ayudas por contratación indefinida (apartado D): dos meses desde la contratación o incorporación de socio trabajador. Información y presentación de solicitudes:
Alpe de Espartinas. Avda Alcaldesa María Regla Jiménez, s/n. Hacienda Ntra Sra de los Remedios. T. 955761272
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